Miguel Zalazar: «Eduardo Toniolli es una minoría»
Así lo indicó el Secretario General de la Unión de Trabajadores Policiales de Santa Fe (UTRAPOL) mediante una opinión publicada en el sitio web de la entidad. A continuación, Cuna de la Noticia reproducirá el texto en cuestión.
Por Miguel Zalazar – Secretario General UTRAPOL
El juez de Instrucción, Luis María Caterina de la ciudad de Rosario, se expidió a raíz de un recurso de habeas corpus presentado por el diputado provincial Eduardo Toniolli, como así un pedido de inconstitucionalidad de la Norma.
Sobre tal situación está claro, que hay por un lado una deficiente instrumentación procesal o administrativa al momento de redactar el acta de procedimiento cuando se detiene un ciudadano, básicamente se observa ello en nóveles suboficiales; y por otro lado una estigmatización sobre las fuerza policial, poniendo al trabajador como un ser supremo capaz de privar de la libertad a quien se le plazca; y esto no es así; generalmente, esos fundamentos son expuestos por sectores políticos o personas con una ideología que no simpatiza con las fuerzas policiales.
Analizando la resolución del juez Caterina; uno advierte claramente que lo que pide es más perspicacia, seguridad, objetividad a la hora de privar a alguien de su libertad porque se necesitan conocer sus antecedentes; y que haya una narración bien determinada sobre las circunstancias en que llevaron a detener una persona; cabe consignar que el texto de la normativa dice con claridad “cuando hubiere sospecha o indicios ciertos respecto de personas, que pudieran relacionarse con la preparación o comisión de un hecho ilicíto, podrán ser demorados en el lugar o en dependencia policial hasta tanto se constate su identidad”.
Entonces lo que debería hacer el trabajador policial es hacer un detalle más pormenorizado sobre tales circunstancias.
NO ES INSCONSTITUCIONAL
Es importante remarcar, que en el mismo pronunciamiento del magistrado y ante el pedido de inconstitucionalidad del articulo en cuestión, el juez lo rechaza de plano; y más allá de remarcar que no es la materia del recurso de habeas corpus; podemos inferir que esta potestad otorgada a la policía fue dada por diputados y senadores hace unos años, algunos de los cuales, aún siguen en sus bancas.
JAMÓN DEL SANDWICH
No menos importante sobre la discusión de el exceso o la pasividad de las fuerzas policiales a la hora de hacer prevención; es que; se está muchas veces entra la espada y la pared; por un lado una sociedad que demanda más acción de los policías en cuanto a chequeo de personas; a que sean trasladados para averiguar sus antecedentes, surgen de vecinos comunes, taxistas, comerciantes, colectiveros; por el otro, sectores políticos, que tienen una visión distinta y minoritaria, que manifiestan esas acciones como excesivas.
En la diyuntiva de hacer en exceso y no hacer, cayendo en debilidad funcional o incumplimiento de los deberes de funcionario público, esta el trabajador policial en la calle; y debiendo poner en práctica un artículo que no requiere intervención judicial alguna, es decir, que es sí y soló sí su interpretación en el momento de considerar detener o no a una persona.
Ya lo he expresado con anterioridad, cuando un juez también se refirió al mismo tema en circunstancias parecidas, donde hablo de no detener por el olfato policial; ahora yo me pregunto; si releemos parte del texto del artículo que cité párrafos más arriba; no lo deja al policía que esta arriba de un patrullero a que según su olfato, o si se quiere, su intuición, a que detenga una persona?
POSICIONES POLÍTICAS, TONIOLLI ES UNA MINORÍA
Cuando me refiero a que el diputado Eduardo Toniolli es una minoría, no lo hago en forma despectiva, sino, que interpreto, por qué, en vez de pedir la insconstitucionalidad del artículo 10 bis de la Ley Orgánica Policial, no ha presentado un proyecto en la misma Legislatura donde el ocupa una banca; en un bloque que tiene otros diputados, además de ser parte de la mayoría de la oposición, donde uno entiende, tendría prácticamente asegurada o la derogación o la modificación, según él pudiese entenderlo, de la Norma que hoy se discute.
Ahora, debo suponer que esto no lo hace, porque así como su pensamiento, que seguramente es de muchas de las personas que lo han votado o no; no es el de la mayoría de los legisladores; y esto no es un dato menor; ocurre que nadie sale a tomar posición al respecto; y solo se oye la posición del diputado Toniolli; con quien más allá de las disidencias, debo decir comparto con que ese artículo debería derogarse.
Más aún; hace más de una década, y aun en funciones policiales plantee que los policías no podían seguir con una ley orgánica que fue sancionada por gobiernos militares; sin embargo, pareciera que a gobiernos democráticos, antes justicialistas, ahora socialistas, algunas leyes de la dictadura les convienen; y de esto también debería hablarse.
La situación de la seguridad o inseguridad, trae a escena plantéos o discusiones de esta naturaleza; y mientras haya una mirada sesgada, subjetiva de las cosas; seguiremos en la diyuntiva; entre tanto, la polémica del 10 bis es ideológica, contradictoria; pero sigue vigente.