Media sanción al proyecto para restringir excarcelaciones
El Senado provincial aprobó y giró a Diputados una iniciativa que modifica el Código Procesal Penal santafesino. La reforma da herramientas a jueces y fiscales para que la prisión preventiva sea aplicable a más cantidad de casos
El Senado provincial aprobó y giró a Diputados un proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal dando herramientas a los jueces para restringir las excarcelaciones. En el texto aprobado se incluye como causa para dictar prisión preventiva la existencia de un juicio en trámite en que el imputado esté acusado como autor o partícipe de un delito cuya pena mínima sea de cuatro años de prisión.
El senador Lisandro Enrico, autor de la iniciativa, aseguró que a través de esa norma se “busca dar una respuesta al problema de la inseguridad” y fundamentó que “el derecho no debe tomarse como una materia estática, sino que es dinámico y debe ir adecuándose a las realidades que viven las sociedades”.
Agregó que la inseguridad es “el mayor problema que preocupa a la gente” y “no es un problema de sensación, es un fenómeno instalado que no distingue lugares ni clases sociales”.
“La pronta implementación del nuevo sistema de Justicia Penal santafesina, basado en la oralidad, significará una mejora para que la investigación y juzgamiento de las causas penales se haga con mayor eficacia y rapidez. Sin embargo, la realidad actual hace que nuestro sistema penal no pueda dar respuesta adecuada ante el creciente fenómeno de la inseguridad”, añadió Enrico.
Los cambios
La iniciativa, que ahora deberá analizar la Cámara baja santafesina, modifica los incisos del Código Procesal Penal que refieren a la prisión preventiva, para hacerla aplicable a mayor cantidad de casos.
La reforma plantea más atribuciones al juez y los fiscales para la procedencia de la prisión preventiva.
Se dan más herramientas al fiscal “para poder interpretar la situación del encausado y evaluar la solicitud de prisión preventiva actual, teniendo en cuenta el tipo de pena que solicitará en su momento, dentro del marco dado por los artículos 40 y 41 del Código Penal Argentino”.
También “se amplía el alcance de la interpretación de las causales de entorpecimiento, tanto sea del proceso como de la acción judicial, aumentando las posibilidades de definición a los fines de que los operadores judiciales del proceso tengan más elementos normativos que le permitan encuadrar distintas situaciones dentro del concepto de peligro para dicho proceso y la mencionada acción judicial, en atención a que en el proceso penal de la provincia de Santa Fe se notan demoras en la tramitación y conclusión de causas”.