La fumigación está regulada

La ciudad ya tiene su propia norma para regular el uso de productos fitosanitarios y fijar la denominada frontera agronómica en Rosario. El proyecto fue impulsado por los concejales miembros de la comisión de Ecología y Medio Ambiente, y es el resultado de la opinión de múltiples organizaciones y personas que han trabajado, investigado y vivido la problemática de los agrotóxicos. Una vez reglamentada esta norma, aprobada en la última y maratónica sesión del Concejo, la fumigación aérea quedará prohibida en toda la ciudad, mientras que el resto de las restricciones –que no son pocas– se aplicarán paulatinamente. Además, se creará un Comité Ejecutivo de Coordinación y Acción (Ceca), y se establecerá una frontera agronómica al límite de zonas no urbanizables y que no están previstas urbarnizar, a fin de preservar aquellas producciones libres de agroquímicos y garantizar la coexistencia de las mismas. La fumigación con agrotóxicos, la distancia a la que se realice y la forma, estarán reguladas por esta misma ordenanza. Diversas organizaciones sociales han celebrado la aprobación, a la que consideraron un “logro de todos los vecinos y compañeros”.

“Hace más de un año que se viene trabajando el proyecto, era un tema pendiente y varias organizaciones lo exigían”, contó Marilina Zurbriggen, asesora del concejal Alberto Cortés del Partido Socialista Auténtico y estudiante de tecnología de los alimentos. Según explicó Zurbriggen, el mayor inconveniente es que en Rosario, a diferencia de otros pueblos o ciudades, no se está “tan cerca” de los campos y que las divisiones de éstos no son muy claras. Visto y considerando que fuera de la ciudad los problemas de salud generados por estos químicos ya han sido evidentes, la comisión de ecología tendió a prevenir. De esta manera quedó elaborado un documento que contempla la opinión de todas las partes involucradas, de los concejales, partidos, organizaciones y personas independientes que se acercaron a denunciar al respecto.

Para llevar adelante este proyecto, se consideraron, además, puntos tales como la ley provincial de Productos Fitosanitarios N° 11273, su modificatoria ley provincial N° 11354 y su decreto reglamentario N° 0552/97 y el artículo 41° de la Constitución Nacional; las diferentes aristas involucradas, como ser la coexistencia de productores frutihortícolas, pecuarios y otras producciones (cereales, oleaginosas, cultivos forrajeros) con una realidad socioeconómica y cultural que debería ser entendida y atendida en términos de particularidad; y la existencia de estudios diarios que ponen en duda la inocuidad de los productos fitosanitarios.

La ordenanza contempla la creación de un Comité Ejecutivo de Coordinación y Acción (Ceca), que estará integrado por representantes de la Subsecretaría de Medio Ambiente, la Secretaría de Producción, el Programa de Agricultura Urbana, y la Secretaría de Salud, Instituto Municipal del Alimento y Agencias del Inta de la región. El Ceca deberá confeccionar un Registro Único de Productores Agrícolas, Frutihortícolas, Pecuarios, Huerteros que operen en la ciudad de Rosario, que se mantendrá actualizado en forma permanente. El Ceca, además, oficiará de medio para realizar consultas, denuncias, reclamos; de promoción e información.

Otra de las novedades es la delimitación de una frontera agronómica (punto 0) al límite de las zonas IV (zonas no urbanizables, que no están previstas urbanizar) de la ordenanza de urbanizaciones N° 6.492/97. Se busca preservar, dentro de esas zonas, todas aquellas producciones libres de agroquímicos y garantizar la coexistencia de las mismas. A partir del punto 0 deberá existir una zona intermedia de 50 metros, donde se podrán utilizar los fitosanitarios aprobados para producción orgánica y agroecológica. A partir de este nuevo límite se podrá: durante el primer año, en una zona de 50 metros libres de agroquímicos convencionales, aplicar productos fitosanitarios permitidos para la producción orgánica; a partir de los 50 metros de la Frontera, sólo se permitirá la producción fruti-hortícola con aplicación con mochila de productos fitosanitarios de banda de color verde, azul, amarillo; a partir de los 1000 metros, aplicación terrestre autopropulsada (mosquito) y de arrastre de productos fitosanitarios de banda color verde, azul; de los 3000 metros en adelante, la podrá realizar aplicación terrestre autopropulsada y de arrastre de productos fitosanitarios de banda color verde, azul, amarillo, rojo.

Para el segundo año, las fronteras libres de agroquímicos convencionales se ampliarán a los 100 metros libres. Queda prohibida la aplicación de productos fitosanitarios sobre los márgenes del arroyo Ludueña, arroyo Saladillo, canal Ibarlucea y Salvat en 100 metros. Además de, en todo el ámbito de la ciudad, la aplicación aérea de todo tipo de productos fitosanitarios.

La ordenanza es completa y extensa. Contempla la situación de los trabajadores y de su salud; la radicación de depósitos de productos fitosanitarios (que quedó prohibida); el manejo y limpieza de los envases de estos productos, además de su traslado; y también las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa, que contemplan multas e inhabilitaciones temporarias o definitivas. (El Ciudadano)

avatar

Laura Hintze

Periodista. Diario El Ciudadano