Los mensajes eróticos no son adulterio para la justicia
La Cámara Civil determinó que un hombre que intercambiaba mensajes «cargados de erotismo y fantasía» con una mujer que no era su esposa cometía «infidelidad virtual» pero no «adulterio», informaron fuentes judiciales.
La Sala M del tribunal de apelaciones determinó que «no basta con el intercambio de palabras o mensajes cargados de erotismo y de fantasías entre los dos polos de comunicación de la red pues la infidelidad virtual, en tanto no pase a 3D, no llega a consumar el encuentro carnal que configuraría el adulterio”.
La resolución que suscribieron los camaristas Mabel De Los Santos y Fernando Posse Saguier se dio en el marco de un intrincado juicio donde el hombre “inició demanda de divorcio vincular contra su cónyuge fundada en la causal de separación de hecho sin voluntad de unirse por más de tres años”, explicaron las fuentes.
Como réplica, la mujer «dedujo reconvención», es decir que contrademandó a su marido por «injurias graves y adulterio» ya que su hermana “reconoció haber tenido relaciones con (su cuñado) en dos oportunidades, durante el verano de 1989”.
Sin embargo, los camaristas estimaron que luego “hubo reconciliación” en la pareja, lo que fundaron en que ambos cónyuges realizaron viajes a Brasil en los años 90/91 y 92/93 y «la mudanza a un nuevo departamento en 1994, que la propia mujer reformó y redecoró”.
“Ante la operatividad de la reconciliación, no resulta admisible fundar una demanda de divorcio en hechos anteriores a aquélla”, dijeron los jueces y la mujer replicó que existieron «más infidelidades» y presentó copia de correos electrónicos de su marido con una mujer en Centroamérica.
El marido sostuvo que con la otra mujer “nunca se conocieron personalmente” y los jueces señalaron que «las expresiones de matiz amoroso -y, por momentos, erótico- que se observan en los e-mails intercambiados pertenecen al ámbito de la autonomía privada de sus emisores”.
“Las razones del desamor también son misteriosamente diversas y no responden a una sola concepción moral. Cuando el amor no es más fuerte, se extingue el vínculo matrimonial sin que existan culpables o inocentes», afirmaron los jueces.
En esa línea, los magistrados concluyeron que «estamos ante dos personas que han dejado de amarse y tienen derecho a construir una nueva vida con un significado distinto”, y decretaron el divorcio por culpa de ambos. (Telam)