Quema de pastizales: Proponen prohibir por sesenta años la venta de predios incendiados
Es para evitar que esos lotes puedan ser comercializados por sus dueños para futuros desarrollos inmobiliarios, como se especula incluso en las islas frente a Rosario. Para las zonas agrícolas, la prohibición será de 30 años.
La Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Diputados abrirá este miércoles el debate sobre el proyecto que propone prohibir por entre 30 y 60 años la venta de terrenos que hayan sido afectados por incendios forestales, con el propósito de evitar que se desarrollen en esos predios emprendimientos inmobiliarios.
El grupo asesor del cuerpo legislativo que conduce el diputado Leonardo Grosso (Frente de Todos), convocó a las 18 para comenzar a discutir la iniciativa impulsada por el jefe de la bancada del oficialismo, Máximo Kirchner, y que fue respalda por legisladores de los interbloques Federal, Unidad y Equidad Federal.
El proyecto reforma la Ley 26.815 del Manejo del Fuego al incorporarle la prohibición de realizar modificaciones en el uso de las superficies que tenían previo a los incendios provocados o accidentales.
La iniciativa determina que, por el término de 60 años, no se podrá cambiar el uso de los bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas, e impone una limitación de 30 años en el caso de que la afectación se produzca en una zona agrícola.
En esos plazos «no se podrán realizar en los bosques naturales o implantados la división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares.
Tampoco se podrá «hacer cualquier actividad agrícola que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio», se sostiene en los fundamentos de la iniciativa .
Además, se fija en el proyecto que el plazo de 60 años «se puede extender, sí así lo indicase el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la jurisdicción correspondiente».
«En el caso de incendios de zonas agrícolas, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural, no se permitirán modificar esos suelos por el termino de 30 años para lograr su restauración», se indica en el proyecto.
Al respecto, la iniciativa establece que «no se podrá cambiar el uso de esas zonas para emprendimientos inmobiliarios o cualquier actividad agrícola que sea distinta al empleo y destino que la superficie tuviera como habitual al momento del incendio».