Cómo quedó la tabla de retenciones luego de las modificaciones del Gobierno
El ejecutivo Nacional modificó el esquema de retenciones y dejó sin efecto el límite de 4 pesos por dólar, lo que en la práctica incrementa los derechos de exportación para determinadas posiciones arancelarias.
«Déjase sin efecto el límite de $ 4 por cada dólar estadounidense, establecido en el artículo 2° del Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018 y sus modificaciones», fijó el decreto 37/2019 publicado en el Boletín Oficial.
Con dos anexos que hacen exhaustiva mención de los distintos productos arancelados, la publicación de la actual resolución ejecutiva deja cuatro franjas principales de alícuotas para los productos:
5% (con tope de $3 por dólar) de retenciones
Algunas producciones de economías regionales, como los limones o productos industriales.
9% de retenciones
Se incluyeron carnes (vacuna, porcina, ovina, aviar y de pescados), la harina de trigo, el arroz, el maní, la leche en polvo, el maíz pisingallo y las legumbres, entre otros.
12% de retenciones
El maíz y el trigo, la cebada, el girasol y el sorgo.
30% de retenciones
La soja, los porotos de soja y sus subproductos, como aceite y harina.
La medida se tomó en base a «la grave situación por la que atraviesan las finanzas públicas», por lo que «resulta necesaria la adopción de urgentes medidas de carácter fiscal que permitan atender, al menos parcialmente, las erogaciones presupuestarias con recursos genuinos», indicó el decreto.