Polémica: El Gobierno actualizó el protocolo para la interrupción legal del embarazo
Los cambios son para garantizar que sea un «procedimiento seguro con los instrumentos y en las condiciones adecuadas».
El Gobierno nacional formalizó este miércoles una actualización del protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo, que se puso en marcha en 2015.
A través de la resolución 3158/2019 del Ministerio de Salud y de Desarrollo Social, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, la administración del presidente Mauricio Macri aplicó cambios en el esquema para garantizar que sea un “procedimiento sumamente seguro con los instrumentos y en las condiciones adecuadas”.
“La actualización está diseñada en base a la comprensión fundamental de que todo el personal del efector de salud (incluyendo el administrativo y de seguridad) es responsable de garantizar y no obstruir el derecho a interrumpir un embarazocuando éste ponga en riesgo la vida o la salud de la persona embarazada o cuando sea producto de una violación”, indicó el texto oficial.
La resolución también señala que “en la actualidad el aborto en Argentina no es considerado delito cuando se solicite la práctica para evitar un peligro para la vida o la salud de la persona embarazada, o cuando el embarazo sea producto de una violación, según establece el artículo 86° del Código Penal”.
Y cita además el fallo de la Corte Suprema de Justicia en el que se estableció que quien se encuentre en las condiciones descriptas en el art. 86 del Código Penal “no puede ni debe ser obligada a solicitar una autorización judicial para interrumpir su embarazo, toda vez que la ley no lo manda, como tampoco puede ni debe ser privada del derecho que le asiste a la interrupción del mismo ya que ello, lejos de estar prohibido, está permitido y no resulta punible”.
Seguido, el texto que publicó el Gobierno indica que los cambios en el protocolo apuntan a “actualizar la normativa adaptándola al Código Civil y Comercial de 2015 y la Resolución 65/2015 del Ministerio de Salud de la Nación”.
“Responde también a la necesidad de actualizar las recomendaciones internacionales acerca de los procedimientos para la interrupción legal del embarazo (dosis de medicamentos y AMEU) y reforzar la importancia del acceso rápido a la atención integral y a la práctica, haciendo hincapié en la atención en el primer nivel y los tratamientos con medicamentos”, agrega. (Vía País)