Ganancias: Este año se podrá ajustar por inflación

El techo del IPC para que el beneficio comience a correr es del 30%. Temor en empresas a que el Gobierno les vuelva a «correr el arco».

Por Carlos Lamiral/Ámbito Financiero

De mantenerse las condiciones económicas como se presume es probable que las empresas puedan ajustar por inflación sus balances por el período fiscal 2019. De acuerdo con la última modificación introducida al tributo en noviembre del año pasado, en el período en vigencia las empresas tendrán la chance de aplicar ese beneficio si el IPC supera el 30% anual.

El último incremento de tarifas de servicios públicos y del transporte habría sellado la suerte de la evolución de los precios. Si bien en la ley de Presupuesto la inflación proyectada es del 23%, la mayoría de los consultores y economistas ya pronosticaban una evolución del indicador varios puntos más arriba de lo previsto, antes de conocerse el aumento tarifario.

El último Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) realizado por el Banco Central señala que para el medio centenar de consultores e institutos que participan en la consulta, en promedio la inflación se iba a ubicar en el 28,7% en 2019. La consultora Ecolatina prevé 30%. Es factible que el incremento en los servicios eleve la estimación en un par de puntos en los próximos REM.

El ajuste también se tendría que aplicar en 2020. Los especialistas estiman un 19% mientras que la ley del Impuesto a las Ganancias fija un techo del 15%.

El ajuste por inflación permite a las compañías descontar ganancias contables que ocurren en contextos inflacionarios. La valuación de activos de una firma también sube lo que genera efecto ganancia. Entonces, la empresa cuando presenta sus estados contables a la AFIP sin ajustar, tiene que tributar sobre un beneficio que no es tal. Y al mismo tiempo, puede ocurrir que esa misma empresa en la contabilidad real tenga pérdidas.

El año pasado, en el contexto del ajuste fiscal que lanzó el ministro Nicolás Dujovne, con el fin de llegar en 2019 a tener un déficit cero, se dispuso “correrle el arco” a las compañías contribuyentes. Originalmente, en 2018 se iba a poder ajustar si la inflación superaba el 30%, pero con el estallido de la devaluación, se llevó ese techo al 55%. Se modificó el artículo 95 de la Ley del Impuesto a las Ganancias. Se pasó el techo del 30% para este año y se estableció el 15% para el que viene.

Todo indica que ante un mínimo empeoramiento de las condiciones, la inflación estaría superando esos límites. Las dudas que hay entre analistas es si el Gobierno volverá a modificar la ley si ve que no puede llegar a cumplir con el objetivo de la política fiscal firmado con el FMI.

(Ámbito)