A partir de enero, el Gobierno aplicará la Renta Financiera
Se abrieron consultas a profesionales de ciencias económicas para saber si el decreto reglamentario tiene fisuras y si hay observaciones de los contadores. Antes de que termine el año debe estar lista la regulación y la AFIP ya tiene que haber publicado también las resoluciones operativas.
El Gobierno ya puso en marcha el mecanismo que desde el primero de enero obligará a ahorristas e inversores de todo tamaño a pagar el Impuesto a la Renta Financiera. Tanto depósitos a Plazo Fijo como las inversiones en bonos y Fondos Comunes de Inversión, pasarán a tributar un 5% de alícuota sobre las ganancias, si se trata de posiciones en dólares, o del 15% si son en moneda local. El mínimo no imponible para este tipo de ganancias será de algo más de $66.000. Se trata del segundo tramo de la aplicación de la reforma fiscal.
La Secretaría de Ingresos Públicos, a cargo de Andrés Edelstein, ya subió a su website un proyecto de decreto reglamentario para el Impuesto a las Ganancias. Allí contadores y profesionales de las ciencias económicas tendrán un espacio para hacer observaciones y proponer cambios. El decreto debería estar sancionado antes de que termine el año, para que después la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emita las resoluciones que tornen operativas las nuevas disposiciones.
La primera parte de este gravamen comenzó a aplicarse a principios de este año. Es la alícuota que afectó a las rentas financieras de los no residentes. Apurado por la oposición, el gobierno de Mauricio Macri quiso dar una imagen progresista. Avanzó con el impuesto que tocaba a las Lebac que emitía en Banco Central. El efecto fue una salida en estampida de inversores del exterior que habían entrado para aprovechar los altos rendimientos que ofrecían las letras, combinada con un dólar quieto. Luego estalló la cotización del dólar que pasó en poco más de un mes de $20 a $42.
El Impuesto a la Renta Financiera va a provocar un fuerte malestar entre los inversores y ahorristas, un costo político que no se va a compensar con la eficiencia recaudatoria. Daniel Vicien, director Comercial de Fondos Comunes de Inversión (FCI) de Balanz, estimó que ese segmento del mercado apenas le aportará al fisco unos u$s200 millones. El analista explicó que «el total de Fondos Comunes de Inversión en el país suman unos $570.000 millones». Como las únicas inversiones que quedarán exentas de acuerdo con la reglamentación serán las acciones de empresas argentinas, los FCI de papeles privados locales no tributarán. El problema que se presenta es cómo determinar cuándo un fondo es de acciones argentinas locales, ya que la mayoría combina diferentes inversiones en sus portfolios. El proyecto de decreto establece que deben tener por lo menos el 75% de sus activos subyacentes en acciones argentinas. Esa proporción podría bajar por cuestiones del movimiento de carteras, pero no más de 30 días al año. Vicien explicó que del total de fondos administrados, solo $20.000 millones están en accciones locales». Es decir que los uno 550.000 millones quedarán alcanzados. El directivo de Balanz estimó que ese grupo de FCI, cuyas carteras están constituidas por renta fija y titulos públicos, en los primeros 10 meses de este año presentan rentas acumuladas por $156.000 millones. «Si se les aplica la alícuota del 5% pagarán $7.800 millones,algo más de u$s200 millones». Pero el directivo señaló que como el tributo se paga al momento del rescate de fondos, si un inversor decide mantener su dinero en el FCI, no tributa.
El otro tema a discernir es cómo finalmente la AFIP va a determinar que se pague la Renta Financiera. Puede que se disponga que los bancos actúen como agentes de retención, sobre todo en los plazo fijo que son más fáciles de determinar. Pero qué pasa en el caso de inversores más sofisticados, que pueden tener su capital invertido en diferentes instrumentos, algunos de los cuales en un período determinado pueden perder y otros tener rendimientos positivos. Allí suponen que la AFIP podría determinar que los alcanzados por el gravamen presenten declaraciones juradas. «Cómo puede determinar un administrador de FCI si su cliente supera o no el mínimo no imponible», explicó Vicien. Sobre todo, si la persona tuviera otro tipo de inversiones en un banco.
Otro punto a tener en cuenta. Los ADR son certificados de acciones de empresas argentinas que cotizan en la Bolsa de Nueva York. Estos van a tributar Renta Financiera. Pero podría pasar que algún inversor quisiera esquivar el impuesto. Cuando la empresa pague sus dividendos, algunos podrían vender el certificado en Estados Unidos y comprar la correspondiente acción local. Pero eso ya fue descartado. La ventas de ADR y el pasaje a acciones locales quedará también gravada. (Ámbito)