Mala praxis: Condenan a dos médicos y al Sanatorio de la mujer por negligencia en un parto
Es un fallo civil y comercial por los daños severos e irreversibles que la práctica causó en una nena, hoy de 12 años, y el dolor de sus padres
Tanto el Sanatorio de la Mujer como dos médicos deberán indemnizar a la familia de una niña por una supuesta mala praxis registrada en el momento del parto ocurrido el 20 de junio de 2006.
El fallo se conoció en las últimas semanas y fue firmado por la jueza civil y comercial de Rosario Silvia Ana Cicuto luego de que se comprobara que el accionar negligente causó daños neurológicos permanentes en la pequeña.
La madre se habría presentado en el sanatorio privado de San Luis y Pueyrredón con fuertes dolores, alrededor de las 11 de la mañana. Estaba cursando la semana 40 de su embarazo, pero la médica de guardia le dijo que no tenía dilatación y que volviera a su casa. Unas horas después, la chica regresó, con más dolor, pero también la hicieron irse.
Por la noche, no aguantó más y logró que otro médico de guardia llamara al obstetra, quien al llegar -‑dos horas después-‑ dijo que era necesaria una cesárea urgente. Además, años después se encontraron alteraciones en la historia clínica.
A la 1.30 de la madrugada la paciente entró al quirófano con diagnóstico de “falta de progresión del trabajo de parto, monitoreo no reactivo y condiciones obstétricas desfavorables”. La niña nació con más de tres kilos y medio. En el diagnóstico posoperatorio se habló de “desprendimiento normoplacentario” y la pequeña quedó en neonatología con diagnóstico de “depresión moderada, síndrome de distress respiratorio y cardíaco, hipertensión pulmonar y asfixia perinatal”, por más de dos semanas.
Cuando la nena cumplió los 5 años, sus padres presentaron la demanda por mala praxis, ante las severas secuelas neurológicas y retraso psicomotriz que presentaba su hija. Según las pericias, las dificultades aparecen desde la falta de habla hasta el impedimento para caminar o mantenerse erguida.
“La relación de causalidad entre los daños y el acto médico se debe tener por acreditada”, reza la resolución firmada por la jueza Cicuto. Es que el perito detalló que la demora en la realización de la cesárea fue la causa principal del cuadro actual de la niña.
“El sanatorio no sólo es responsable del servicio que presta sino también de que dicho servicio ocurra en condiciones tales que el paciente no sufra un daño por las deficiencias en la prestación”, puntualiza el fallo que todavía no quedó firme y puede ser apelado. El monto a pagar es de casi 6 millones de pesos. (Vía Rosario)