La Legislatura santafesina dio media sanción a la Ley de Paridad de Género

Establece la participación igualitaria de mujeres y varones, con mecanismos de aplicación en los tres poderes del Estado. Ahora el Senado tiene la palabra.

Por Jorge Sansó de la Madrid/La Capital

Con 39 votos a favor y dos abstenciones, la Cámara de Diputados provincial dio media sanción ayer a la iniciativa que fija la obligatoriedad de paridad entre hombres y mujeres en espacios de poder —electivos o no—, siempre y cuando sea aplicable.

Con las barras llenas de mujeres que dieron color, barullo y un ímpetu épico a la votación, la norma pasará ahora al Senado, que deberá convertirla en ley. Tiempo hace ya que el gobernador Miguel Lifschitz se comprometió a no vetar la norma.

Aunque ayer reinaba un optimismo desbordante y muchas legisladoras se decían seguras de que la Cámara alta aprobaría rápido la iniciativa, lo cierto es que el temperamento que adoptarán los representantes departamentales (históricamente opuestos) es un misterio.

Una frase quedó haciendo eco en el recinto de la Cámara baja y la dijo la diputada Verónica Benas: «Hemos logrado la más amplia gama de representación política, institucional y social. Nos pusimos de acuerdo y logramos un consenso amplio».

El miembro informante fue el diputado Rubén Galassi, cuya intervención fue precisa y didáctica: «En el Ejecutivo hay sólo un 27,63 por ciento de mujeres. En esta cámara, un 36 por ciento y, en el Senado, hay sólo una mujer entre 19 miembros. También hay una sola ministra de la Corte Suprema de Justicia entre los seis que la integran. Sobre 53 municipios, sólo siete son intendentas y, sobre 310 comunas, únicamente hay 27 presidentas comunales».

Poco después, la diputada Alicia Gutiérrez sumó datos al debate. «Hemos recorrido un largo camino desde el fondo de la historia. Hubo mujeres que pusieron el cuerpo a la lucha en la construcción de la patria y no son mencionadas en los libros de historia. Todas las 18 que estamos acá es porque tuvimos ley de cupo. Entre 1983 y 1991 hubo solamente dos mujeres diputadas», repasó.

Benas, en tanto, resaltó que en las barras estaba presente la ex diputada Alicia Tate, impulsora de la ley de cupo. Y, al mencionarla, generó una ovación que incluyó a las bancas.

«Es un paso significativo en procura de la igualdad y paridad de género. Alicia Moreau decía que algún día este país sería distinto, que cuando las mujeres se juntan no sólo pelean por sus derechos sino por el de todos. La Constitución de 1921, aunque de manera parcial, habilitaba para elecciones locales que las mujeres pudieran ser electoras y elegidas», añadió, por su parte, Galassi.

Tampoco se privó de darle un sentido trascendente a sus palabras y, señalando el hermoso y enorme cuadro que adorna el estrado de la Presidencia del cuerpo (del pintor Guillermo Roux), afirmó: «La Constitución que guía al pueblo está representada por una mujer. Tenemos que terminar con desigualdades inaceptables y avanzar con más derechos para las mujeres. No sólo es una reivindicación para el género sino un gran avance para la sociedad. Naciones Unidas recomendaba a los países que, para terminar con los conflictos, les dieran rol protagónico a las mujeres, porque cuando participaban eran más eficaces».

Los restantes oradores, palabras más palabras menos, coincidieron en que «nadie busca competir sino que se busca la igualdad».

Objetivos

La norma aprobada en Diputados tiene como finalidad «incorporar la participación y representación igualitaria entre géneros en la conformación de las listas de las y los candidatos que presenten los partidos políticos, confederación de partidos o alianzas para elecciones de cuerpos colegiados provinciales, municipales, comunales y convencionales constituyentes».

Adviértase que si esta ley se aprobase antes y, a su vez, también ocurriera lo propio con el proyecto que la Casa Gris impulsa para reformar la Constitución, la paridad debutaría con la elección de los convencionales.

La paridad también se ordena para la integración de los cargos políticos de las entidades autárquicas, organismos descentralizados, empresas y sociedades del Estado provincial, sociedades anónimas con participación estatal provincial mayoritaria, sociedades de economía mixta y en todo otro ente público santafesino, cualquiera fuere su forma u origen».

Un dato clave es que la norma «entiende por participación y representación igualitaria entre géneros la aplicación de la paridad con el fin de equilibrar la conformación de las listas y la composición de los cuerpos colegiados, con una integración del 50 por ciento entre géneros». (Jorge Sansó de la Madrid/La Capital)