Descanso dominical: En caso de empate, un camarista definiría su validez
Mañana podría determinarse el sorteo de un magistrado en lo civil y comercial que incline la balanza si los votos quedan tres contra tres
La Corte Suprema de Justicia santafesina se dispondría mañana a resolver la designación de un camarista en el fuero Civil y Comercial para desempatar una probable paridad a favor y en contra de los ministros frente a la constitucionalidad o no de la ley 13.441, conocida como de descanso dominical.
Según varias fuentes de los Tribunales provinciales, a favor de la norma estarían el propio presidente de la Corte, Daniel Erbetta, junto a los cortesanos María Angélica Gastaldi y Roberto Falistocco. Por el contrario, se alinearían en contra de la norma sancionada por la Legislatura Rafael Gutiérrez, Eduardo Spuler y Mario Netri
La semana pasada, el propio Erbetta le puso plazo al pronunciamiento del máximo tribunal que conduce en relación al fondo del conflicto planteado por la aplicación de la ley de descanso dominical.
«Está en estudio muy avanzado, puede haber una resolución pronto», dijo el ministro rosarino, dejando abierta la puerta a que mañana se conozcan los votos de los 6 cortesanos, o bien se designe en paralelo el trámite para la elección de un camarista que se sumerja en el expediente y desempate un probable tres contra tres de la Corte.
Si bien había expectativa previo al receso invernal, tras la feria que culminó la semana pasada, los ministros tendrían su voto resuelto. Los rosarinos Erbetta, Gastaldi, Falistocco y Netri estarían en esta situación, mientras que se esperaba para estos días los sufragios de Gutiérrez y Spuler.
Algunas fuentes consultadas indicaron que el camarista a designar para el desempate podría ser de la capital provincial, ya que en diciembre pasado, la Sala III en lo civil y comercial de Rosario se pronunció a favor de los pedidos de inconstitucionalidad planteados por los supermercados de alcance nacional.
Por ello, el camarista designado tendría un plazo de 60 días para tomar desde cero el expediente y realizar su pronunciamiento. De esta forma se aguarda que mañana o eventualmente la semana que viene se sepa el resultado del sorteo.
En relación al empate de la Corte, ¿porqué un juez de segunda instancia y no el presidente define la situación? El titular del máximo tribunal puede hacer uso de su doble voto en atribuciones de gobierno y de carácter administrativo (presupuesto, cuestiones edilicias, etc). Ahora cuando se trata de una causa que sentará jurisprudencia se requiere el fallo de un magistrado externo al tribunal superior.
Idas y vueltas
La ley 13.441 y su posterior ordenanza municipal 9.516 prohibe desde julio pasado que los locales de más de 1.200 metros cuadrados puedan abrir sus puertas los domingos.
A partir de allí, y previo a la vigencia se trabó una dura batalla judicial que derivó en varias resoluciones. En diciembre del año pasado, la sala III en lo civil y comercial avaló el pedido de inconstitucionalidad de la norma y dejó habilitado a Coto, Carrefour y Jumbo a que abran sus locales los domingos.
La medida resuelta sobre el fin del año judicial fue cuestionada por el resto de los supermercados, quienes incluso solicitaron la apertura en la feria de verano para solicitar la autorización a partir de «desigualdad manifiesta» que se produjo en los primeros meses de este año.
Algunos locales de firmas rosarinas habían solicitado abrir, pero la petición fue rechazada, al tiempo que el gobierno santafesino recurrió estos fallos y constató con sanciones el incumplimiento de las 13.441.
El 30 de mayo, la Corte hizo lugar a un recurso de queja presentado por el Ejecutivo santafesino, el municipio y la Asociación Empleados de Comercio, eliminando la desigualdad entre las distintas cadenas, al obligar a todas a cumplir con la reglamentación hasta tanto la Corte se expida sobre la constitucionalidad de la normativa provincial.
Esto significó que el máximo tribunal admitió abocarse al tratamiento del tema en la cuestión de fondo. Lo que está en debate es si la ley provincial se entromete en competencias de carácter nacional.
En particular si los ministros avanzan sobre la regulación del horario de la jornada de trabajo, un ítem que divide las bibliotecas de los estudios jurídicos: algunos entienden que es una atribución de la Legislatura santafesina, mientras otros asesores letrados consideran que legislar sobre el tema es materia reservada por la Constitución Nacional al Congreso.
La ley Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 14, establece que en materia jurisdiccional y en caso de empate «el voto del presidente es decisivo. Si su voto no es dirimente, la Corte se integra con el número de reemplazantes que sea necesario para lograr la mayoría absolutamente concordante en la votación». Lucas Ameriso (La Capital)